Morosidad · Reclamación de deudas
Cuando un propietario no paga, lo pagan los demás. Actuamos desde el primer recibo impagado y seguimos el procedimiento correcto para recuperar la deuda.
En cada junta presentamos una relación actualizada de la morosidad, con el estado de cada reclamación, para que los propietarios sepan en todo momento qué se está haciendo y cuánto se ha recuperado.
Cuando no está al corriente de pago de las cuotas y derramas vencidas que le corresponden. A partir de ese momento conviene actuar sin demora.
No. La comunidad no puede privar a un propietario de los servicios comunes. Las herramientas legales son la reclamación de la deuda y la privación del derecho de voto mientras no esté al corriente.
Es un procedimiento judicial ágil, pensado para reclamar deudas dinerarias. La comunidad presenta la certificación del acuerdo de la junta que liquida la deuda y el juzgado requiere de pago al deudor.
Cuéntenos cómo es su edificio y le enviaremos un presupuesto claro y sin compromiso. Oficina en Av. del Mediterráneo, 44, Benidorm · Lunes a viernes, de 9:30 a 13:30 h.